Los responsables de la falsificación del BOP podrían ir a la carcel

Residencia Mamá Margarita, Béjar

Redacción i-bejar.com
Enero 03, 2008

La falsificación de documento público por funcionarios se sanciona con las penas de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por tiempo de 2 a 6 años. - Salamanca

La Voz de Salamanca (iabogado.com) / La falsificación de documento público por funcionarios se sanciona con las penas de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por tiempo de 2 a 6 años.

La falsificación realizada por funcionarios públicos

Incurrirá en un delito de falsedad la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, realice alguna de las siguientes acciones:

Este delito se sanciona con las penas de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial para el desempeño del cargo por tiempo de 2 a 6 años.

También podrá incurrir en este delito siendo sancionado con las mismas penas, el responsable de cualquier confesión religiosa que realice las conductas descritas respecto de actos y documentos que puedan producir efectos en el estado de las personas o en el orden civil.

Si el delito se comete por imprudencia grave al responsable se le impondrá la pena de multa de 6 a 12 meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 1 año.

Si es un particular el que incurre en el delito de falsedad en un documento público, oficial o mercantil, será castigado con las penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.

También esta penalizada la utilización de estos documentos públicos, si se conoce su falsedad, con la pena inferior en grado a la que se imponga en su caso a los responsables de la falsificación.

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