Las multas que se establecen contra el incumplimiento se cifran entre los 30 y los 150 euros
El bando municipal apela a la imagen que nuestra ciudad ofrece a los bejaranos y los visitantes y recuerda la ordenanza reguladora sobre la tenencia y circulación de animales.En este sentido está prohibido que los perros depositen sus excrementos en las vías públicas, jardines, paseos y en general, en cualquier lugar destinado al tránsito de peatones.
En el caso de que los excrementos queden depositados en las aceras, jardines o cualquier espacio peatonal, la persona que conduzca al animal está obligada a su limpieza inmediata mediante la utilización de los utensilios que procedan.
Las multas que se establecen contra el incumplimiento se cifran entre los 30 y los 150 euros.
En el bando, y como medida higiénica ineludible, se recuerda que está prohibida la presencia de perros en el interior de zonas ajardinadas y parques infantiles y tambíen recuerda la prohibición de alimentar en la vía pública y espacios públicos a palomas y animales vagabundos.
Los agentes de la Policía Local serán los encargados de velar por el exacto cumplimiento del presente bando, debiendo proceder, en su caso, a la imposición de las correspondientes sanciones a los infractores.
