El Comisionado de Transparencia de Castilla y León obliga a la alcaldesa de San Bartolomé de Béjar a mostrar sus cuentas

Residencia Mamá Margarita, Béjar

Redacción i-bejar.com
Enero 30, 2017

La alcaldesa deberá dar a conocer el importe de lo percibido como alcaldesa y mostrar su declaración de bienes y actividades.

El Comisionado de Transparencia es el órgano al que corresponde en Castilla y León velar y garantizar el derecho de los ciudadanos de acceder a la información pública. Ejerce sus funciones con autonomía, independencia y objetividad, en aplicación de la la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

La alcaldesa de la localidad del alfoz bejarano deberá hacer caso de la petición de un vecino de la localidad, que ahora hace un año solicitaba información de carácter público relativa a las contrataciones y adjudicaciones municipales o a las declaraciones de bienes de la edil, entre otros datos.

En este sentido, tal y como exige el comisionado de transparencia, el Ayuntamiento deberá mostrar la relación de todos los contratos, las licitaciones de los últimos 5 años; datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público; el importe de las indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo y si estos han sido aprobados en el pleno del Ayuntamiento. De la misma manera, la alcaldesa deberá presentar sus declaraciones anuales de bienes y actividades y en particular la de finalización del mandato de la anterior legislatura para cumplir con lo que manda la ley.

Será la secretaria la que deba certificar que estas declaraciones de bienes han sido presentadas en tiempo y forma en los términos establecidos en la legislación .

La Comisión de Transparencia de la Junta de Castilla y León no se limita a instar al Ayuntamiento a que atienda la petición de demanda de información, exige al Consistorio que esta información se ofrezca de forma concreta clara e inequívoca. La resolución es ejecutiva, no es un mero acto informativo, por lo que la alcaldesa deberá dar a conocer la información solicitada.